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sábado, 20 de octubre de 2012

Regalan “mina de oro de la paleontología” al Brasil


Un geólogo brasileño sustrajo restos fósiles de lo que catalogó como una “mina de oro de la paleontología”, en la zona de Vallemí, Concepción. Los restos estarían ilegalmente en el Instituto de Geociencias de la Universidad de Sao Paulo.
El artículo publicado en la revista científica brasileña. / http://revistapesquisa.fapesp.br
El geólogo brasileño Lucas Warren encontró recientemente lo que llamó como una “mina de oro de la paleontología” en los alrededores de Puerto Vallemí, departamento de Concepción, reporta la revista“Pesquisa” de la Fundación de Apoyo a la Investigación del Estado de Paraná (FAPESP, por sus siglas en portugués), en su última edición de setiembre de 2012.
“En las rocas que trajo (Warren) de allá y hoy ocupan una gran mesa de su sala en el Instituto de Geociencias de la Universidad de Sao Paulo están incrustadas con pequeñas estructuras alargadas, que se asemejan a las lombrices de tierra atrapada en un bloque de barro endurecido por el sol”, detalla el escrito.
Sin embargo, son algo “mucho más raro, encontrados en poquísimas regiones” en el mundo. El artículo detalla que estos restos fósiles –parte de un rico patrimonio paraguayo– probablemente fueron los primeros seres vivos con esqueleto que surgieron en nuestro planeta.
“La calidad de los fósiles encontrados en Paraguay y la variedad de especies hacen de esta colección una de las más completas y representativas de la fauna de la época”, dijo en el artículo el paleontólogo Thomas Fairchild del Instituto de Geociencias (IGC) de la Universidad de Sao Paulo, quien con Warren, Mírian Pacheco, Claudio Riccomini, Simões Marcelo y otros colaboradores, habrían descubierto los fósiles Puerto Vallemí.

TENENCIA EXTRANJERA ES ILEGAL

Desde cualquier punto de vista, la tenencia de esta valiosísima colección –considerada como patrimonio cultural de nuestro país– en Brasil es ilegal, según expertos consultados por ABC Color.
La Ley de Protección a los Bienes Culturales Nº 946/82 dicta en su Art. 4 que “son bienes culturales bajo la protección de esta ley, restos paleontológicos, arqueológicos”.
El Art. 25 de la misma legislación señala que la salida de estos bienes culturales solo puede darse por Decreto del Poder Ejecutivo, a solicitud de la Dirección de Patrimonio Cultural de la Secretaría de Cultura, y solamente para su exhibición temporal.
“El que ilícitamente sacare del país un bien cultural será castigado con penitenciaria de seis meses a tres años y multas de veinte a cien salarios. La restitución al país del bien cultural será causa eximente de la pena corporal”, asegura el Art. 41.
Fuentes de la Secretaría Nacional de Cultura confirmaron a ABC Color que no tenían conocimiento de estos trabajos, y que no autorizaron las prospecciones arqueológicas relacionadas a la extracción de los materiales fósiles.

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